Rescatamos un artículo publicado por Pedro Herráiz -profesor de Filosofía- en la web de la COPE hace ya algunas semanas, en el que se anima a los padres a apuntar a sus hijos a clase de Religión y en el que aclara algunas situaciones concretas a las que se enfrenta esta materia en la vida ordinaria de un centro educativo.
Apuntarles a clase de Religión
Estamos en tiempo de matriculaciones, y entre todos los datos que nos piden está el de señalar si queremos apuntarles a la clase de religión. Ojo, no es una actividad complementaria que aumente su horario. Hay tres opciones, de las que tenemos que señalar expresamente una para que los jefes de estudios vayan elaborando los grupos y se tenga el cupo ajustado de profesores en los Centros de enseñanza.
Las opciones con las que nos encontramos en este caso, sorprendente e ilegalmente, no son equiparables, porque en tanto que la religión es materia evaluable, con objetivos y contenidos definidos, la otra opción presenta unos objetivos difusos y unos contenidos indefinidos, que tienen que ser ofrecidos expresamente a los padres a la hora de formalizar la matrícula y nunca pueden consistir en refuerzo de materias que cursa el alumno, ni la realización de tareas de las otras materias del curso. Es evidente la discriminación que existiría si unos alumnos se dedican a hacer los deberes de las demás asignaturas mientras sus compañeros están en clase de religión.
Pero la situación discriminatoria se mantiene por el hecho de que la asignatura alternativa a la religión, que se denomina “Medidas de Atención Educativa”, no se evalúa. Hay un cambalache infecto en esta situación, porque la materia de religión es evaluable y no computa para la nota media del currículo. Esto ya sitúa a la religión con una consideración distinta a la de las demás materias, incumpliendo los acuerdos; pero siendo no evaluable la asignatura alternativa, además se orienta negativamente a los padres hacia esta opción por lo fácil, sin olvidar que es un contrasentido en un sistema educativo formal, en el que la adquisición de todas las destrezas ha de ser evaluada. Implícitamente se está trasmitiendo que en esa asignatura no hay en juego ninguna destreza valorable, lo que se trasmite a su correlativa, la religión.
Había dicho que son tres las opciones que nos presentan y me he referido sólo a la religión y a las Medidas de Atención Educativa –MAE-. Es que, para liar más la madeja, la opción por la religión contiene dos opciones; una es la religión confesional, donde el Centro está obligado por ley a ofrecer la enseñanza de la religión católica, no de manera exclusiva –mire a ver qué religiones ofrece su Centro, no se vaya a confundir-. La otra opción dentro de la formación religiosa es la asignatura de “Historia y Cultura de las Religiones”, en general. Mientras que la religión confesional estará impartida por personal cualificado de las correspondientes religiones (sacerdotes o religiosos y religiosas en el caso de la religión católica), de la asignatura de Historia y Cultura de las Religiones y de esas Medidas de Atención Educativa pueden encargarse profesores de otros departamentos del Centro escolar. Esto es muy interesante para ajustar los horarios de los profesores, por lo que en los Centros pueden caer en la tentación de tratar de orientar la elección de los padres hacia estas opciones, en detrimento de la opción de la religión confesional.
Sólo una observación final. La asignatura de religión en la escuela no es una catequesis, así que una no sustituye a la otra. Mi recomendación, más allá de este nudo, es cortar por lo sano: si prefiere que su hijo estudie religión católica, busque la casilla correspondiente y márquela, sin más.
Pedro Herráiz
Fuente | COPE